domingo, 11 de abril de 2021

Fiscalidad enajenada a la Corona. Huete. Catastro de Ensenada

 Fiscalidad enajenada a la Corona

La fiscalidad enajenada a la Corona son las rentas procedentes de compra o arrendamientos de empleos públicos, Juros y otras partidas así como la titularidad de censos.

Denominada como cargas activas o endeudamiento activo y que podemos llamar Fiscalidad Particular.

Las Relaciones Particulares de Vecinos nos hablan de censos pasivos o cargas para referirse al endeudamiento que se tiene que pagar.

Por el contrario los censos a cobrar son relacionados como censos activos o cargas activas.

Por cargas pasivas podemos entendedor el endeudamiento del que se es titular y por cargas activas el conjunto de réditos que se tienen que percibir.

Para tratar este tema de Fiscalidad enajenada nos serviremos de los Libros Maestros para ver las rentas enajenadas en manos de propietarios ya sean seculares o del estamento eclesiástico.

Las cantidades correspondientes a la Fiscalidad Enajenada a la Hacienda Real serian las siguientes.

Para seculares en Huete 26.254 reales,

En el Partido de Rentas de Huete 120.278 reales,

Y en la Intendencia 750.396 reales.

Para Fundaciones Eclesiásticas 8.302 reales en el Partido de Rentas de Huete y 33.498 en toda la Intendencia.

Para libres patrimoniales 14.574 reales en el Partido y 15.377 en la Intendencia.

No hay en la Ciudad fiscalidad enajenada para Fundaciones y Bienes Libres Patrimoniales.

Por lo que las cantidades totales serian

26.254 reales en la Ciudad,

143.154 en el Partido y

799.271 reales en toda la Intendencia.

Como se puede ver no existen rentas enajenadas en Huete por el Estamento Eclesiástico. Por lo tanto las de seculares proceden de los Oficios de administración de las Rentas Intendenciales, cuyo listado y utilidades ya han sido relacionados en este mismo apartado del trabajo. 

Del mismo modo también se ha especificado ya los oficios y utilidades enajenados propiedad del Ayuntamiento 

A continuación se recogen referidas a Huete las cargas activas de las que eran titulares como ingresos las Fundaciones y los Seculares.

En el caso de los seculares se completa la fiscalidad enajenada, donde sólo se ha tenido en cuenta la derivada de oficios.

            Como Cargas Activas tenemos que recoger para las Fundaciones los siguientes ingresos:

Juros 21.420 reales,

Censos activos 4.920 reales,

Diezmos 35.148 reales.

En total son 61.488 reales

Estos ingresos se debían a su fiscalidad enajenada a través de Juros y Diezmos, porque, como se ha reflejado antes, no eran titulares de rentas por oficios enajenados.

            Los seculares además de sus rentas por oficios enajenados disfrutaban de otras cargas a su favor que completan sus ingresos.

Estas otras cargas activas eran:

Juros  2.299 reales,

Arbitrios con facultad y sin ella por un total de 2.940reales. (Propiedad del Ayuntamiento y arrendado a particular).

En total son 5.239 reales.

Además, de la relación de los Mayores Propietarios tenemos que rescatar el dato relativo a los 75.834 reales por Juros y Alcabalas enajenadas por don Pedro de Orozco de Santa Cruz.

Endeudamiento Activo como Fiscalidad Particulares

Las Respuestas Particulares de Vecinos y sus tabulaciones en los Libros Maestros nos permitirán ver el grado de endeudamiento a favor de estos sectores de  propietarios de modo más concreto.

He llamado a este apartado Fiscalidad Particular pues eran las rentas obtenidas a través de préstamos realizados entre titulares particulares.

Para Seculares los censos perpetuos eran 6.210 reales en el Partido y 42.688 en la Intendencia. Los censos redimibles 4.449 reales en la Ciudad, 74.228 en el Partido y en la Intendencia 212.095 reales. Por lo tanto 4.449 reales en la ciudad, 80.438 en el Partido y 254.783 en toda la Intendencia.

Para Fundaciones los censos perpetuos 1.653, 15.632 y 70.894 reales en los tres ámbitos territoriales estudiados y los Censos redimibles 11.228, 135.643 y 592.593 reales. Por lo tanto 12.881, 151.275 y 663.487 reales.

Para Bienes Patrimoniales en manos de Eclesiásticos Seculares los Censos perpetuos eran de 2.930 reales en el Partido y     4.967 en toda la Intendencia (no hay en la misma Ciudad de Huete). Los Censos redimibles 61 reales, 1.204 y 4.135 respectivamente. En total 61 reales en la Ciudad, 4.136 en el Partido y  9.102 en el total de la Intendencia.

En el total final las cantidades globales son las siguientes: 17.391, 235.894 y 927.372 reales para cada uno de los ámbitos territoriales estudiados.

De los datos anteriores se deduce que son las Fundaciones Eclesiásticas las que eran receptoras de mayores ingresos por censos a su favor. Su grado de fiscalidad particular activo supone un 71% con respecto al grado total estimado.

La fiscalidad entre particulares del partido supone el 25% del total de la Intendencia. La de Huete con respecto a su partido es del 7%.

La Fiscalidad Enajenada a la Hacienda Real a través de oficios donde se acumula es en manos de seculares, ya que supone el 93,88% de toda la estimada en la Intendencia.

Pero también hay que destacar el hecho de que las grandes receptoras de Diezmos y Juros son las Fundaciones Eclesiásticas.

Por lo tanto, las cantidades totales estimadas para rentas derivadas de Fiscalidad es de 43.645 reales para Huete como ingresos por oficios y de 66.727 como ingresos provenientes de Diezmos, Juros y Arbitrios (de ellos 61.488 pertenecientes a Fundaciones). En total 110.372 reales. Para la ciudad, teniendo en cuenta Fiscalidad entre Corona y particulares y entre solo particulares, 136.626 reales, para el partido 379.048 reales y para toda la Intendencia de Cuenca de 1.726.643 de reales.

El porcentaje de participación del partido en la intendencia es de casi el 22% y de Huete en su partido de un 36%.

Con relación a los ingresos totales por utilidades las rentas provenientes de Fiscalidad suponen para la ciudad el 25%, para el partido un 7% y para la Intendencia un 6%

Fiscalidad entre Particulares

Las Respuestas Particulares de Vecinos y sus tabulaciones en los Libros Maestros nos permitirán ver el grado de endeudamiento a favor de estos sectores de propietarios de modo más concreto.

Son las Fundaciones Eclesiásticas las receptoras de mayores ingresos por censos a su favor. Su grado de fiscalidad particular activo supone el 71% con respecto al grado total estimada en la Intendencia.

La fiscalidad entre particulares del Partido supone el 25% del total de la Intendencia. La de Huete con respecto a su Partido es del 7%.

 

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