Páginas

miércoles, 26 de enero de 2022

La Aldehuela. Cervera del Llano. Cuenca

A comienzos del siglo XV, era señora de La Aldehuela con todos sus privilegios y franquezas Teresa Rodríguez Fajardo que por su padre es de los Adelantados de Murcia y por su madre de los Albornoz, señores de La Aldehuela. 

La escritura de venta de Aldehuela al contador de Juan II Alonso Álvarez de Toledo, está otorgada en 1426 en Rello-Reillo-, Cuenca, lugar de Iñigo de Mendoza[1] esposo de Teresa Fajardo y de los señores de Cañete, luego marqueses de Cañete[2]

Rello, luego Reillo, lugar de Iñigo de Mendoza se encuentra en la Serranía media de Cuenca[3]. Por los fondos del Archivo Municipal de Cuenca sabemos que el comendador de Huélamo, Iñigo López de Mendoza, hermano de Juan Hurtado de Mendoza, el cual había hecho una torre en Sotos, que es de Cuenca, y cercana a Huélamo, donde tiene malhechores y usurpan la justicia de realengo. Los Reyes Católicos en 1479 mandan derribarla como ocurre con otras levantadas o ampliadas por los nobles sin permiso de la Corona[4]. Íñigo de Mendoza casa por segunda vez con una María Carrillo, bastante interesado en los bienes de esta señora.

http://palomatorrijos.blogspot.com/2013/09/reillo-cuenca.html

Archivo General de Simancas. Consejo de Castilla. Registro General del Sello. Legajo Devolución de molinos a María Carrillo, mujer del comendador de Huélamo. Legajo 147802, 113. Año 1478. Comisión al corregidor de Huete, a petición de doña María Carrillo, mujer del comendador de Huélamo, para que requiera a Martín Alfonso de Alcázar y Juan de Alcázar, devuelvan unos molinos a ellos vendidos indebidamente por el dicho su marido. Sobre coacción a María Carrillo para vender sus bienes. Comisión a Juan Osorio, corregidor de Cuenca y Huete, a petición de doña María Carrillo, mujer de Íñigo López de Mendoza, comendador de Huélamo, el cual por coacción y teniéndola presa le obligó a vender sus bienes y rentas. Archivo General de Simancas. Consejo de Castilla. Registro General del Sello. Legajo 148006, 180. Año 1480 y en 1492 doña María Carrillo solicitó una comisión a Lope Sánchez del Castillo y al corregidor de Cuenca por los agravios que sufrió en su persona y los bienes inferidos por su marido y, una vez muerto éste, por su hermano, Juan Hurtado, que la habían tenido retenida en una fortaleza sin hablar ni ver a nadie, obligándola a vender sus bienes.



[1] Reillo, lugar de Iñigo López de Mendoza, será después lugar de señorío de Andrés Cabrera y de su mujer Beatriz de Bobadilla, señores de Moya y de quien vienen los condes de Chinchón, que tiene su panteón en Carboneras de Guadazaón. Algunos miembros de las casa de los condes de Chinchón fueron enterrados en la capilla mayor de la iglesia de Reillo. Una hija de Andrés Cabrera y de Beatriz Bobadilla casa con el primer marqués de Cañete, sobrino nieto de Íñigo López de Mendoza y de Teresa Fajardo. El primer marqués de Cañete fue enemigo declarado del primer señor de Cervera y de su primo hermano el segundo señor de Valdeloso en Guadalajara y también del segundo señor de Cervera. Encabezaban bandos opuestos por el poder concejil en la ciudad de Cuenca. El primer marqués de Cañete es biznieto paterno del primer señor de Cañete.

[2] Iñigo López de Mendoza es hijo de Diego Hurtado de Mendoza, primer señor de Cañete en Cuenca, y hermano de Juan Hurtado de Mendoza, segundo señor de Cañete y abuelo paterno del primer marques de Cañete, nuestro Guarda mayor de la Ciudad de Cuenca. El oficio mayor de Guarda Mayor de la ciudad de Cuenca era un Hurtado de Mendoza del señorío y luego marquesado de Cañete. Juan Hurtado de Mendoza, nuestro Guarda mayor de la Ciudad de Cuenca, Iñigo López de Mendoza Comendador de Huélamo vuestro hermano. El patrimonio del estado señorial de Cañete se constituyó a lo largo del siglo XV por tierras de Cuenca. La mayoría de las aldeas del señorío estaban enclavadas en la Sierra de la ciudad, por cuyo aprovechamiento entraron en continuo conflicto con las autoridades concejiles. El mayorazgo estaba compuesto por Cañete y su fortaleza, Poyatos, Tragacete, Valdemeca, Uña, Beamud y Olmeda de la Cuesta, villas en las que el linaje poseía la jurisdicción completa, con todos los pechos y derechos, y las alquerías, salinas, dehesas, tierras de pan llevar, montes y prados de sus términos.. En la segunda mitad del siglo XV, la villa de Las Majadas pasó a poder de los señores de Cañete, también Belmontejo, La Parrilla y La Cañada del Hoyo.

[3] Limita al norte con Cañada del Hoyo, al sur con Monteagudo de las Salinas y Arguisuelas, al este con Carboneras de Guadazaón de los Cabrera que son señores y marqueses de Moya, y al oeste con Fuentes. Hay un Rello en Soria, señorío de los Hurtado de Mendoza que son señores de Almazán, Monteagudo de las Vicarias y Rello. Cuando tiene lugar la venta de la Aldehuela es señor de Rello, Soria, Pedro González de Mendoza. La venta de la Aldehuela se hace en el Reillo de Cuenca el 2 de abril de 1426.

[4] Ocurre, entre otras, con la fortaleza de Huelves en Tierra de Huete de sus parientes los Acuña, titulados duques de Huete. Don Fernando y Doña Isabel a vos Lope Vázquez de Acuña, Juan Hurtado de Mendoza, nuestro Guarda mayor de la Ciudad de Cuenca, Iñigo López de Mendoza Comendador de Huélamo vuestro hermano, y Pedro Carrillo de Albornoz, don Pedro de Barrientos nuestros vasallos, y a vos Don Gabriel Condelmario Provisor de la Iglesia de Cuenca todos del nuestro Consejo, y a los Alcaides de las Fortalezas de Arbeteta, Castillejo, y Castel de Arbar, e otros cualesquier Alcaides de cualesquier otras Fortalezas, y Casas-fuetes y llanas que son en el Obispado de Cuenca, y a otra cualesquier persona Sepades non sean osados de hacer, ni hagan Puertos algunos nuevos para coger el servicio de montazgo de los ganados de nuestros Reinos; mas que el dicho servicio e montazgo se coja y recaude en los Puertos antiguos que por nos para ello serán señalados y nombrados Memorial ajustado del expediente de concordia que trata el Honrado Consejo de La Mesta con la diputación general del reino y provincia de Extremadura Madrid, 1780. Real Academia de la Historia.

Los abuelos maternos de Teresa Rodríguez Fajardo, señora de La Aldehuela, son Micer Rodrigo Mejía- Ruy González Mejía- y Teresa Fernández de Albornoz, señora de La Aldehuela, nieta materna del cuarto señor de Albornoz. Micer Rodrigo Mejía fue alcaide del castillo de Huélamo en la Serranía de Cuenca, como el abuelo de su mujer, y dueño del lugar de Castillejo, Saelices, y Villavieja que es en término de Huete y parte término con Castillejo, lugar de Ruy González Mejía. Pedro Carrillo el Viejo, vecino de Huete,  fue señor de la mitad de Anguix en tierra de Huete y del lugar y casa fuerte de Cervera, también señor de Castillejo en Saelices y Torre del Monje- junto a Villares del Saz- en la tierra del alfoz de la ciudad de Cuenca. Castillejo será luego propiedad de los Acuña Carrillo de Albornoz, duques de Huete. Los Reyes Católicos se lo compran al hijo del primer duque de Huete y de su mujer María de Mendoza, hija de los primeros señores de Cañete. Hermano de María de Mendoza es Iñigo López de Mendoza el marido de Teresa Fajardo cuyo abuelo materno fue señor de Castillejo y alcaide del castillo de Huélamo como lo es Iñigo. Torre del Monje será luego de los Parada de Huete y de los de La Muela, familias con las que emparentan los Toledo de Cervera. Villavieja es el actual Villas Viejas, entre Saelices y Montalbo, que fue de los Albornoz que también fueron señores de Valera[1]. En tierras de Villas Viejas está la ciudad Celtibérica de Contebria Carbica en el paraje conocido como Fosos de Bayona. Lugares en la vía romana de Chinchilla a Zaragoza. Villas Viejas pasó luego a ser dehesa propiedad del Concejo de la ciudad de Huete.



[1] Garcí Álvarez de Albornoz es el cuarto señor de Albornoz y señor de Uña, Valdemeca, Aldehuela, el Hoyo de Cuenca, Cañizares, Mezquitas y Valera. Tutor de Alfonso XI de Castilla, y de su hijo el Infante Sancho. Estuvo en la batalla del Salado; fallecido el 18-IX-1328, sepultado en la Catedral de Cuenca. Sucede a su padre que muere en 1327 por lo que sólo estuvo un año en posesión de sus estados.

Alonso Yáñez Fajardo segundo de este nombre muere en 1444 casa dos veces, primero con María Rodríguez Mexía, de la que nació el primogénito, Alonso Fajardo, que murió combatiendo en la Rambla de Vera en 1434 y Teresa Rodríguez Fajardo, señora de La Aldehuela. Alonso Yáñez Fajardo casa después hacia 1430 con María de Quesada, de la que nació el primer Pedro Fajardo, abuelo del otro Pedro Fajardo que es el primer marqués de los Vélez, y de otra Teresa Fajardo que casa con Sancho Dávalos. También casa dos veces Teresa Fernández de Albornoz, madre en su primer matrimonio de María Rodríguez Mexía.


 Alonso Yáñez Fajardo, primer adelantado de ese nombre, abuelo de Diego Fajardo.

Contrajo el adelantado dos matrimonios, el primero con Mencia López de Ayala, del cual nacieron Juan Alonso Fajardo, Pedro López Fajardo y Beatriz Fajardo; en segundas nupcias casó con Teresa Rodríguez de Avilés con quien también tuvo tres hijos Guiomar Rodríguez Fajardo, Alonso Yáñez Fajardo y Gonzalo Fajardo, con la duda planteada de una hija llamada Urraca Alonso.

Del segundo matrimonio de Alfonso Yáñez Fajardo con Teresa Rodríguez de Avilés nace Alonso Yáñez Fajardo, segundo del nombre, padre de Pedro Fajardo que fue Adelantado Mayor de Murcia, cuyo cargo se perpetuó en esta casa juntamente con el oficio de Capitán general, y Alcaide de Lorca en propiedad. Casa con Leonor Manrique, hermana del poeta Jorge Manrique, hijos ambos de Rodrigo Manrique, maestre de Santiago y al que se cita al comenzar este apartado y  ahora poco después, recibiendo vasallos de la Corona en estas tierras de la Manchuela de Cuenca, y de Mencía de Figueroa. Pedro Fajardo se halló en el cerco de Chinchilla, y se distinguió en el sitio y toma de la ciudad de Cartagena, que poseía don Beltrán de la Cueva. Por este servicio el Rey Don Enrique IV le hizo Señor de la citada ciudad y Conde de Cartagena, merced que confirmaron los Reyes Católicos, como parece por carta suya dada en Madrid el 15 de Abril de 1477. Pedro Fajardo casa con Leonor Manrique, hermana del poeta Jorge Manrique y ambos hijos de Rodrigo Manrique de Lara, señor de Paredes de Nava y su primer conde. En Cuenca, 19 de abril de 1450, Diego Hurtado de Mendoza, primer señor de Cañeta y montero mayor del Rey, dona Cervera a su hija Teresa Guzmán, mujer de Rodrigo Manrique de Lara, señor de Paredes de Nava y su primer Conde. Teresa, en algunas genealogías, es citada como Beatriz. Su madre es Teresa de Guzmán[1]. Juan Hurtado de Mendoza, segundo señor de Cañete, casa con Inés Manrique de Lara, hermana de Rodrigo Manrique de Lara. Recordemos que es hermano del segundo señor de Cañete el marido de la señora de la Aldehuela que la vende al Contador.


[1] Familia y poder político en la Murcia Bajomedieval, siglos XIV y XV. Juan Manuel Moyano Martínez Miscelánea Medieval Murciana, 1992.

 

 





jueves, 13 de enero de 2022

Chumillas. Cuenca

https://www.academia.edu/67432098/EL_POBLADO_TARDOANTIGUO_DE_CIRIYUELOS_CHUMILLAS_CUENCA_?email_work_card=view-paper

EL POBLADO TARDOANTIGUO DE CIRIYUELOS (CHUMILLAS, CUENCA)

RESUMEN:

Entre los años 2016 y 2019 se han venido desarrollando diversas campañas arqueológicas en el yacimiento de Ciriyuelos (Chumillas, Cuenca). Es un poblado de cronología visigoda y del cual se ha exhumado hasta el momento casi la totalidad de una manzana en la que se aúnan unidades tanto de carácter doméstico como funcional. Se han estudiado específicamente sus estructuras arquitectónicas (técnicas constructivas y restitución volumétrica), las basuras cerámicas (producciones fundamentalmente de uso doméstico ) y los restos de fauna (cabaña ganadera esencialmente ovicaprina), datándose su fecha de abandono por C14 hacia el princi-pio del S. VIII. Se interpreta como un núcleo rural de explotación agropecuaria, vinculado y en relación con núcleos más principales del entorno inmediato, como es el obispado de Valeria, y sus vías de comunicación.

Santiago David Domínguez-Solera,

Míchel Muñoz García


jueves, 2 de diciembre de 2021

Las Milicias Concejiles

Al menos desde el siglo XII, las huestes concejiles participaron con frecuencia en distintas campañas militares desarrolladas durante la Reconquista.

Fuerzas de combate y defensa conformadas por los habitantes de un núcleo urbano, que convocadas y controladas por el Concejo de la ciudad o poblado, contaba con su propia estructura de mando].

Estas milicias debían obediencia a la monarquía del reino, pero tenían una cierta autonomía para iniciar sus propias acciones; esta independencia relativa les venía dada por los fueros y cartas pueblas, aprobadas por el rey, que regulaban a la urbe y sus territorios.

El origen de estos grupos armados se remonta a la tradición germánica previa a la época de las grandes invasiones de los siglos IV y V. Por tradición los hombres libres debían acudir a la guerra, ante el llamado de su rey, aportando sus propias armas, provisiones e impedimenta, estando obligados a permanecer con la hueste hasta el final de la campaña.

Las milicias concejiles fueron las movilizadas por los concejos o municipios mediante el llamamiento a las armas de todos los vecinos de la ciudad o villa y de su término que estuviesen en edad y condiciones de combatir, por lo que se exceptuaban los casos de invalidez o enfermedad, aunque a veces se eximía también a los vecinos que hubiesen contraído matrimonio en el año en que se hacía el llamamiento.

Esta obligación de la milicia dependía de la condición económica de los afectados, que se dividían dentro de un mismo contingente en varios grupos: el de caballería, formado por caballeros que prestaban un servicio personal al rey en el marco del municipio, y el de infantería, cuyos componentes se dividían según sus medios económicos en lanceros o ballesteros y excepcionalmente en espingarderos.

Cada pueblo formaba su mesnada mandada por un mesnadero y cierto número de decenarios. Cada mesnada tenía su alférez o portaestandarte y un cursor o anubdador encargado de publicar el bando del señor o del merino.

Las mesnadas podían ser de peones o escuderos y de «ginetes» o caballeros. Cuando se acercaba el peligro daba la señal el atalayero y el anubdador con su bocina o añafil daba el toque de apellido.

La milicia concejil era reclutada unas veces para incorporarla al ejército del rey y otras para defender a la comunidad local contra alguna agresión armada, o bien porque el concejo estimase necesario movilizar a sus vecinos, caballeros y peones, para emprender por su cuenta alguna campaña militar.

Estas milicias municipales no parecen haber constituido cuerpos armados permanentes, sino que su reclutamiento solamente se hacía en tiempo de guerra y de ellas formaban parte los caballeros ciudadanos, «pardos»  o «qüantiosos» de la ciudad o villa, los cuales solían reunirse una vez al año para la inspección o «alarde» de sus caballos, armas y arneses.

Los que por cualquier motivo físico o económico eran eximidos del servicio de armas pagaban un tributo de diferente denominación, anubda, fonsadera, carnero militar, castillería, escusado, caballería, y al peón que no se presentaba prontamente al darse el apellido se le cortaba la barba como castigo, siendo este castigo, el de la barba mesada o arrancada, un tormento de origen bíblico que se siguió aplicando durante la época visigótica y la Reconquista.

 

Caballeros pardos, instituidos por el cardenal Cisneros durante su gobierno en Castilla, lo formaron en origen hombres buenos y pecheros que fueron suprimidos en el año 1518.

Los caballeros qüantiosos fue una milicia a caballo que se organizó en origen seguidamente a la conquista de Granada para vigilar a los moriscos que habían quedado en el Reino recién conquistado.

Para entender el origen de los alardes populares que actualmente existen en multitud de festejos españoles, debemos primero conocer el origen de los alardes de armas y su significado. El origen de la palabra «alarde» está en los hábitos militares norteafricanos. Etimológicamente la palabra «alarde» proviene de la raíz ard- cuyo significado es «revista de tropas».

 

https://publicaciones.defensa.gob.es/media/downloadable/files/links/m/o/monografia106.pdf

Mayorazgos y pensiones de viudedad

Las Cortes aprobaron el 27 de septiembre de 1820 un decreto de supresión de todos los mayorazgos. Fue firmado por Fernando VII el 12 de octubre de ese año y fue publicado por la Gaceta del Gobierno en un suplemento extraordinario el viernes día 20 de octubre de 1820.


http://www.cervantesvirtual.com/portales/trienio_liberal/cronologia/

El decreto de las Cortes de Cádiz de 27 de septiembre de 1820, elevado con dicha fecha a la sanción real por el presidente de aquéllas conde de Toreno, dispuso, en su artículo primero, la supresión de «todos los mayorazgos, fideicomisos, patronatos y cualquier otra especie de vinculaciones de bienes raíces, muebles, semovientes, censos, juros, foros o de cualquier otra naturaleza, los cuales se restituyen desde ahora a la clase de absolutamente libres»

Este retorno a la libre circulación de todas las propiedades y derechos vinculados revestía carácter paulatino, 

que podía tener por propios «la mitad de los bienes en que aquéllas (las vinculaciones) consistieran, y después de su muerte pasará la otra mitad al que debía suceder inmediatamente en el mayorazgo, si subsistiese, para que pueda también disponer de ella libremente como dueño». Esa mitad reservada al sucesor inmediato no respondía de las deudas contraídas por su antecesor.

 También se salvaguardaba 

los alimentos o pensiones que los poseedores actuales deban pagar a sus madres viudas, hermanos, sucesor inmediato u otras personas, con arreglo a las fundaciones o a convenios particulares, o a determinaciones en justicia.

También  se protegía las pensiones de viudedad, «satisfaciéndose la mitad a costa de los bienes libres que deje su marido y la otra mitad por la que se reserva al sucesor inmediato.  

Memoriales de títulos nobiliarios e hidalgos para obtener facultad y consignar renta de viudedad. Siglos XVII, XVIII y XIX

Emilio de Cárdenas Piera

Publicado por Ediciones Hidalguía, 1989

También se preservaban los usufructos matrimoniales, de manera que en las provincias o pueblos en que por fuero particular se suceden los cónyuges uno a otro en el usufructo de las vinculaciones por vía de viudedad, lo ejecuten así los que en el día se hallan casados por lo relativo a los bienes de la vinculación, que no hayan sido enajenados cuando muera el cónyuge poseedor, pasando después al sucesor inmediato la mitad íntegra que les corresponde, según queda prevenido.