La que algunos consideran supuesta partida de nacimiento de
Alcalá de Henares apareció a mediados del siglo XVIII, y es una partida de
bautismo de “Juan Carbantas Cortinas”, a suyo margen se ha puesto, con mano
distinta, “Miguel”.
Catalina de Cabrera y Ruy Díaz de Cervantes son bisabuelos
paternos de Cervantes.
Sus abuelos paternos fueron el licenciado
en leyes Juan de Cervantes y doña Leonor de Torreblanca, hija de
Juan Luis de Torreblanca, un médico cordobés;
Su padre se llamaba Rodrigo de Cervantes (1509-1585). Cervantes nació en Alcalá de Henares
porque su padre tenía entonces trabajo allí; fue cirujano, oficio más parecido
al actual practicante que a nuestra idea de médico.
Rodrigo casó con Leonor de Cortinas, natural de Arganda del Rey.
Sus
hermanos fueron Andrés (1543), Andrea (1544), Luisa (1546), que llegó a ser
priora de un convento carmelita; Rodrigo (1550), también soldado, que le
acompañó en el cautiverio argelino; Magdalena (1554) y Juan, sólo conocido
porque su padre lo menciona en el testamento.
Luís Astrana Marín defiende la condición
de cristiano viejo de Cervantes, pero no está esta condición nada clara.
Empezó a
publicar en 1948 una monumental biografía de Miguel de Cervantes en siete
volúmenes, Vida ejemplar y heroica de Miguel de Cervantes Saavedra, que terminó
en 1958. Como cervantista es la apoteosis del
método positivista y su documentación es prolija, abrumadora: un monumental
esfuerzo de erudición que reúne 1410 documentos inéditos.
El
bisabuelo de Cervantes, Ruy, o Rodrigo, Díaz de Cervantes, debió de nacer hacia
1435, fue trapero en Córdoba; su abuela paterna, Leonor Fernández de
Torreblanca, casada con el licenciado Juan de Cervantes, el hijo de Rodrigo
Díaz, era hija de Juan Díaz de
Torreblanca, médico y cirujano, y de Isabel Fernández, cuyo padre fue el rico
mercader Diego Martínez. Fueron hermanos de Leonor Torreblanca, Luis Martínez de
Torreblanca, médico; Diego Martínez, sillero;
Inés Fernández, que casó con un boticario genovés.
El padre
de Miguel, Rodrigo de Cervantes, era un humilde cirujano que cambió
frecuentemente de residencia y que en alguna ocasión fue encarcelado por deudas
Todas
las profesiones citadas entre los antepasados paternos de Cervantes fueron
características de los judíos y de los cristianos nuevos tras las persecuciones
del siglo XV, las conversiones forzosas
y la expulsión definitiva en 1492.
Tales
oficios eran tachados de «infames», «viles» y «muy abatidos» como era el caso
de trapero y prestamista.
Cuando el cristianismo se convirtió en la
religión mayoritaria de Europa, los judíos fueron perseguidos regularmente.
Hubo periodos de calma en que se los toleró, y periodos de persecución como
durante las Cruzadas, en la Edad Media. En 1096, los judíos de Spira, Worms,
Maguncia y Colonia, en Alemania, fueron masacrados a comienzos de la Cruzada.
Otro ejemplo: El rey Felipe el Hermoso expulsó a los judíos de Francia en julio
de 1336, sin olvidar confiscar sus bienes.
Tras 1096 se obligó a los judíos de Praga
a concentrarse en un barrio amurallado, como consecuencia de la matanza de
judíos a manos de los cruzados que se dirigían a la Primera Cruzada. La peste
de 1348 incrementó los ataques antijudíos por toda Europa (Narbona, Carcasona,
Saboya, Basilea) y con ellos las medidas de segregación
En la Edad Media, los judíos vivían en barrios específicos, "juderías" o aljamas o en calles
especiales "calle de los judíos".
El
término aljama (del ŷāma'aʻ, «conjunto de personas») en castellano ha sido
tradicionalmente usado para referirse al conjunto de judíos o moros de una
localidad (especialmente ŷāma' al-yahud, «conjunto de los judíos»).
La
aljama era, pues, la junta de judíos o de moros en España durante la Edad
Media. También podía ser referida como morería, judería o incluso como la misma
sinagoga judía. Aparece ya con este significado en un poema de Gonzalo de
Berceo en fecha tan temprana como 1220.
La
aljama en la Corona de Castilla también tenía un valor económico y fiscal.
Aljama era la comunidad judía que autogestionaba la recaudación de los diversos
impuestos que la monarquía imponía sobre ellos (que eran considerados súbditos
directos del rey). Así, una localidad con aljama se encargaba de la recaudación
de los impuestos de su comunidad y de otras que le eran anexas, normalmente en
localidades cercanas. Por tanto, la existencia en una localidad de una aljama
viene a indicarnos que tenía una cierta entidad y cantidad de población, a la
par que organización interna que le permitiese hacerse cargo de la recaudación
y la organización fiscal de una serie de localidades.
En su
significado árabe, se llama ŷāmiʻ o aljama a la mezquita mayor de un lugar (una
mezquita corriente es un masŷid). Aunque en árabe no se yuxtaponen ambos
términos, en castellano sí se suele decir «mezquita aljama» para referirse, por
ejemplo, a la de Córdoba o a las que existieron en otras ciudades de
Al-Ándalus, a menudo en el lugar en el que hoy se alza la catedral o iglesia
principal.
Judería
es la denominación tradicional del barrio judío o de la parte de una ciudad en
la que se concentraban las viviendas de los judíos.1 En algunos casos estaba
determinada por ley como lugar exclusivo de residencia de los miembros de esa
comunidad. Por extensión, este término se aplica a cualquier zona habitada
notoriamente por familias de cultura judía.
No solo
a vivir en barrios separados también el concilio de Letrán de 1214 estableció que los judíos debían llevar
un signo distintivo para poder ser claramente identificados por los cristianos
y así evitar las uniones entre ambos. Ello lleva que durante los siglos XIII,
XIV y XV los matrimonios se realicen mayoritariamente dentro de las familias
judías y conversas. En el siglo XVI poco a poco se realizan enlaces fuera del
ámbito judío-converso.
Concilio
III de Letrán (1179, Canon 26): Los judíos no pueden ser testigos ni
demandantes en juicios contra cristianos. Prohibido a los judíos retener la
herencia de descendientes que han abrazado el Cristianismo.
Esta
medida se impuso generalmente a finales del siglo XIII. En 1269, en Francia, el
rey impuso a los judíos la obligación de llevar
“una rueda de fieltro o de trapo de color amarillo, cosida en lo alto de la
ropa, al nivel del pecho, y en la espalda, con el fin de constituir un signo de
reconocimiento, y que tendrá una circunferencia de cuatro dedos y una superficie
lo bastante grande para contener la palma de la mano”. En otros lugares
eran obligados a llevar un determinado tipo de sombrero.
…que los judíos de ambos sexos en todo
territorio de cristianos en todo tiempo deben distinguirse en su vestido de los
otros pueblos. Esto les es mandado a ellos en su ley, es a saber, que en los
cuatro ángulos de sus mantos haya orlas por las que se distingan de los demás.”
Los judíos deben portar el signo
distintivo según el estatuto del Concilio General [IV de Letrán]…Los judíos no
pueden lícitamente retener lo adquirido por usura, estando obligados a
restituir a quienes hayan extorsionado…Los judíos por razón de sus culpas están
en perpetua servidumbre, los señores pueden por lo tanto, tomarles sus cosas,
dejándoles lo indispensable para la vida…”
Concilio
IV de Letrán (1215. Canon 68): Este importantísimo concilio contra cátaros y
albigenses, donde se definen por primera vez de manera evidente dogmas como
Extra Ecclesiam nulla salus, el dogma de la Transubstanciación o la existencia
del Infierno, trata específicamente el tema de los judíos, cuerpo místico del
Anticristo y testigos perennes del triunfo de Cristo sobre las tinieblas,
estableciendo que estos “malditos de
Díos” deberán llevar una marca
distintiva en sus ropa”.
Tanto
los Cervantes como muchas otras familias con profesiones y orígenes similares
procuraron desembarazarse de su pasado mediante una calculada estrategia de
difuminación social. Intentaron mezclarse con los cristianos ranciosos y
convertirse en hidalgos invirtiendo sus ganancias en censos y bienes raíces, o
mediante el ejercicio de profesiones consideradas honrosas —ejército,
administración, Iglesia, servicio en las
casas nobles—, a fin de lograr que la cristiandad vieja, la nobleza, o ambas cosas, les fueran reconocidas
Así debe
ocurre con el abuelo paterno de Cervantes, el licenciado Juan de Cervantes,
quien, a lo largo de más de medio siglo de actividad profesional, actuó como abogado del
real fisco de la Inquisición y, además de ocupar otros empleos de carácter
oficial, fue teniente de corregidor en
Alcalá, Córdoba y Cuenca, y desempeñó diversos cargos al servicio del conde de Ureña y de los duques de Sessa y del
Infantado
Su hijo
Rodrigo, padre de Miguel, no pudo estudiar leyes para abrirse paso en el mundo
de la administración y la justicia a causa de su sordera, y tuvo que
conformarse con ejercer de cirujano. A pesar de ello, en 1552, durante su
estancia en Valladolid, Rodrigo pleiteó para que se le reconociera su condición
de hidalgo, con lo que evitaba ser encarcelado por deudas
Cervantes
añade a su primer apellido un «Saavedra», que nunca utilizaron sus mayores, o sustituirlo por los
todavía más ilustres «Pimentel y Sotomayor», que a partir de cierta época usó
habitualmente Magdalena de Cervantes, la hermana de Miguel, aunque si todo ello
no venía acompañado de riqueza y un
estatus digno, era de muy poca utilidad, y la memoria de aquel origen oscuro,
muy difícil de borrar.
Tanto
las hermanas de Miguel, Andrea y Magdalena, como su sobrina Constanza, habían
andado en tratos amorosos con distintos caballeros, que al final las
abandonaron tras resarcirlas con indemnizaciones sustanciosas; e Isabel de
Saavedra, la hija natural del escritor, no tardaría en seguir los mismos pasos.
No eran
unas pobres muchachas sin recursos, víctimas de la vileza de señores poderosos que las
repudiaron tras haberlas seducido. Eran las conocidas como damas servidas o
cortesanas: señoras de cierta categoría que, a diferencia de las prostitutas
de la calle, contaban con un amante fijo
que las mantenía, o recibían en su casa con alguna asiduidad a caballeros
discretos y acaudalados
Tal vez
ello explique por qué, a pesar de haber servido con lealtad a su rey como
soldado y cautivo, Cervantes se vio postergado y desdeñado por la Corona, y
tuvo que conformarse con un cargo de proveedor de la armada y otro de
recaudador de contribuciones para ganarse la vida.
Los padres de Leonor Fernández de Torreblanca fueron
Isabel Fernández, hija de Juana Fernández y del mercader Diego Martínez, y su
esposo, el bachiller Juan Díaz de Torreblanca, médico y cirujano, hombre de
pocos escrúpulos, según la documentación, e hijo de Rodrigo Díaz de
Torreblanca, casado con María Alonso y esta casada luego en segundas nupcias con
el médico maestre Juan Sánchez, quien no fue mencionado por Astrana Marín en la
ascendencia de Miguel de Cervantes Saavedra.
Se observa que la familia Díaz de
Torreblanca ejercía con mucha frecuencia la profesión médica. Acaso eran judíos
conversos o es que eran sencillamente cristianos viejos bien acomodados
económicamente que profesaban una de las profesiones más respetadas y
prestigiosas del mundo.
Andrés de Ozaeta, en nombre de Rodrigo de Cervantes, pidió
que el licenciado Duarte de Acuña, teniente de corregidor en Madrid, mandase
hacer información de testigos, para establecer que Miguel de Cervantes
Saavedra, su hijo y de Leonor, era hijo legítimo suyo y de dicha su esposa,
y que ni él ni sus padres ni abuelos, ni los de su esposa, habían sido ni eran
ellos mismos moros, judíos, conversos ni reconciliados por el Santo Oficio de
la Inquisición ni por otra justicia de caso de infamia, antes habían sido y
eran muy buenos cristianos viejos. Este
día Rodrigo introdujo por testigo al alguacil de Madrid, Alonso Getino de
Guzmán, de edad de 36 años, más o menos, quien juró que era verdad todo lo que
había afirmado Rodrigo y que conocía a Rodrigo desde hace 8 años, hombre de
buena vida, casado con Leonor de Cortinas, habido por buen hidalgo y limpio de toda raíz.
…que sus padres no habían sido de casta de moro ni judíos, ni
tuvieron ninguna raza de ellos, y los tuvo por cristianos viejos, limpios desde sus
abuelos.
Es muy difícil probar que Catalina de Cabrera, esposa de
Ruy Díaz de Cervantes, éstos bisabuelos paternos de Cervantes, perteneciese
a la clase noble, ni tampoco que los Díaz
de Torreblanca proceden de ilustre linaje.
Diego
García de Salazar, bisabuelo materno de la esposa de Miguel de Cervantes,
Saavedra recomendó a sus hijos que
no se emparentasen con los Quijadas.
Tenía Cervantes un probable origen judío? ¿Era cristiano viejo o nuevo? ¿A qué
casta pertenecía?
El mismo Cervantes por boca de
Sancho manifestó que: «cuando otra cosa no tuviera sino el creer,
como siempre creo, firme y verdaderamente en Dios y en todo aquello que tiene y
cree la Santa Iglesia Católica Romana, y el ser enemigo mortal, como lo soy, de
los judíos, debían los historiadores tener misericordia de mí y tratarme bien
en sus escritos».