Ya desde los siglos X y XI los monarcas leoneses intentaron hacer que su presencia fuera efectiva en todos los lugares de su jurisdicción, por lo que se vieron obligados a llevar a cabo una política particular en cada uno de ellos, y de ese modo aparecieron las merindades mayores y menores, las tenencias, los alfoces y posteriormente, a mediados del siglo XIII y en el reinado de Alfonso X de Castilla, los adelantamientos.
La tenencia feudal o la tierra honor fue la cesión de tierras que efectuaba el rey o señor a un vasallo para su utilización y/o gobierno, sin implicar que el otorgante perdiera la propiedad o que supusiera derecho hereditario para el receptor.
La tenencia estaba a cargo del tenente.
Condado
https://digital.csic.es/bitstream/10261/166449/1/9491-15649-1-SM.pdf
La Castilla primitiva (750-931): condes, territorios y villas
Merindades
Las merindades, o merinatos o merinados, eran unas divisiones geográfico-administrativas que se dieron a finales del siglo XII en los reinos de Aragón, Castilla y Navarra.
El merino era el representante del rey en dicha merindad.
La función de las merindades era la de ser un órgano administrativo intermedio entre el poder central y las villas y señoríos.
Al frente de una merindad se situaba el Merino con poderes administrativos y judiciales sobre el territorio encomendado.
Vizcaya
En Vizcaya, el Duranguesado se ha convertido en mancomunidad
comarcal en la que se mantiene el recuerdo de su pasado como merindad.
En el norte de Burgos, una veintena de municipios forman, en
la actualidad, la comarca de Las Merindades. Alguno de sus municipios mantiene
este nombre: Merindad de Valdivielso, Merindad de Sotoscueva, Merindad de
Valdeporres, Merindad de Montija, Merindad de Cuesta-Urria y Villarcayo de
Merindad de Castilla la Vieja. En el Alfoz de Burgos también se encuentra la
histórica Merindad de Río Ubierna.
La más importante entre Palencia y Cantabria, que en la actualidad se conoce con tal nombre, pero que no representa una verdadera división administrativa actual, aunque sí lo fue en el pasado, es la Merindad de Campoo (capitales: Reinosa y Aguilar de Campoo), que agrupa comarcas y cabezas de partido de las provincias de Palencia, Burgos y Cantabria, y que es conocida por concentrar grandes tesoros del Arte Románico de Castilla y León y de Cantabria.
El merino era un cargo administrativo existente en las
Coronas de Castilla y de Aragón y en los reinos de Navarra y de Portugal
durante las edades Media y Moderna.
Según las Siete Partidas, "es nombre antiguo de España, que quiere tanto decir como home que ha la mayoría para facer justicia sobre algún logar señalado".
El merino era la
figura encargada de resolver conflictos en sus territorios, cumpliendo
funciones que en la actualidad son asignadas a los jueces. Además administraba
el patrimonio real y tenía alguna función militar. Se encargaba de las
cosechas, arrendamientos del suelo y caloñas (multas que se imponían por
ciertos delitos o faltas).
Los merinos podían ser nombrados directamente por el rey (merino mayor, con amplia jurisdicción en su territorio), o por otro merino (merino menor, con jurisdicción limitada a territorios más pequeños). El poeta y clérigo riojano Gonzalo de Berceo no les tenía simpatía, quizá a causa de sus desafueros o corrupción, y así escribió: "Por ende subió al cielo, donde no entra merino". Los merinos mayores eran reclutados entre la alta nobleza.
El nombramiento de merinos mayores fue muy habitual entre los diferentes reyes españoles a partir del siglo XIV. Este cargo también se conoce con el nombre de adelantado mayor, usándose más corrientemente el de merino mayor para los territorios del norte (Castilla, León y Galicia), mientras que en los del sur (Andalucía y Murcia) se empleaba el de adelantado. Desde el reinado de Enrique II de Castilla, los territorios con personalidad histórica propia fueron desgajados de los adelantamientos en los que estaban incluidos para pasar a ser gestionados por merinos mayores como fue el caso de Asturias, Álava y Guipúzcoa.
Alfoz
Diplomas del 922 y 924, procedentes de los fondos de Cardeña y Arlanza, respectivamente, contienen las primeras menciones del término alfoz.
Alfoz era el nombre empleado durante la Edad Media en la península ibérica en Castilla, León y Portugal para referirse al término rural geográfico que pertenece al concejo de la villa correspondiente. El término se registra por primera vez en el siglo X en un documento del monasterio de San Pedro de Arlanza en el año 924, cuando se menciona que las propiedades donadas se encontraban in alfoce de Tablatiello.
En el alfoz se encuentran diseminadas varias aldeas o lugares. Este conjunto quedaba bajo la jurisdicción del concejo de la villa. La villa y su alfoz constituían así un conjunto denominado Comunidad de villa y tierra, con autonomía dentro del Reino. El centro de esta comunidad es la villa (o ciudad) compuesta por una población, a veces con un castillo e incluso una muralla.
Los alfoces a comienzos del siglo XII eran territorios dotados de funciones fiscales, judiciales y militares. Además ejercieron un cometido muy importante en lo referente a los usos comunales silvo-pastoriles hasta el año 1100 en que los reyes empezaron a adjudicar a la Iglesia y a los nobles jurisdicciones particulares con carácter perpetuo; este hecho amenazó la razón de existir de los alfoces.
Durante el proceso de repoblación que se hizo a lo largo de la Reconquista, concretamente durante los siglos XI, XII y XIII, el rey concedía una serie de leyes particulares (privilegios) a las villas que dominaban grandes territorios (alfoz) para fomentar el asentamiento. Este tipo de repoblación se denomina «repoblación concejil por fueros» y se llevó a cabo en las zonas entre el Duero y el Guadiana, el valle del Ebro y el norte del Levante. En estas zonas surgieron ciudades importantes que dependían únicamente del rey, es decir, no estaban sujetas a los posibles problemas de autoridad que podían surgir con la nobleza, por lo que estaban gobernadas política y socialmente de una manera más o menos "democrática" según nuestros criterios actuales.
La palabra alfoz se deriva del árabe الحَوْز al-hawz, con el significado de «distrito rural». Los alfoces junto a la villa a la que pertenecían formaban lo que más tarde tomó el nombre de municipio.
El adelantado mayor de Castilla o adelantado mayor del reino de Castilla era un oficial al servicio de la Corona castellana que tenía encomendadas algunas competencias judiciales y militares en el reino de Castilla.
A partir de 1258, los adelantados mayores fueron
nombradoscasi siempre entre los miembros de la alta nobleza ("ricoshombres") y
Los principales adelantamientos fueron los de Castilla, Andalucía y Murcia, seguidos de Cazorla y Canarias.
Adelantado mayor de la mar en el siglo XIII, Almirante
El almirante de Castilla era el oficial del rey de Castilla al frente de la Armada.
Fue una dignidad creada en 1247 y que perduró hasta el año 1705.
El título de almirante de Castilla fue creado por el rey Fernando III el Santo en 1247 para la toma de Sevilla, nombrando a Ramón de Bonifaz para ese cargo.
Este título se encontraba revestido de gran autoridad, poder y preeminencias, que aparecen especificadas por Alfonso X el Sabio en la segunda Partida de las Leyes.
El almirante residía ordinariamente en Sevilla, por estar
allí las Atarazanas Reales y ser lugar donde se armaban y organizaban las
flotas y radicar allí también el tribunal especial marítimo. Entre las
múltiples atribuciones y facultades del almirante, figuraban tener voz y voto
de calidad en el Consejo de Castilla.
Desde 1405 hasta 1705, año en que este cargo desaparece, se constituyó en patrimonio de los Enríquez, descendientes del infante Fadrique Alfonso de Castilla, hijo natural del rey Alfonso XI el Justiciero. Alfonso Enríquez, por concesión de Enrique III, fue el primero de esta familia que ostentó el Almirantazgo.
https://palomatorrijos.blogspot.com/2010/06/
los-almirantes-de-castilla-medina-de.html
https://palomatorrijos.blogspot.com/2012/01/la-torre-del-oro-sevilla.html
Ruy López de Mendoza
Es hermano del IV señor de Mendoza, Ruy López de Mendoza, II adelantado de Castilla y almirante de Castilla en 1250.
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