Las
primeras evidencias de presencia judía en la Península datan de la
época romana. No se conoce la fecha exacta en que las primeras comunidades
judías se instalaron en Hispania.
A
comienzos del siglo VI se consolida en la Península Ibérica el dominio
visigodo. Los visigodos, cristianos arrianos, no mostraron inicialmente ningún
interés por perseguir a los judíos. Se imponía a los judíos las mismas
restricciones que las leyes romanas, se les prohibían los matrimonios mixtos, la edificación de nuevas
sinagogas o la posesión de esclavos cristianos, entre otras muchas cosas, y se
castigaba duramente al cristiano que se convirtiese al judaísmo. Sin embargo,
las leyes visigodas eran relativamente tolerantes, ya que se les permitía
restaurar las sinagogas ya existentes y mantener sus propios tribunales para
resolver asuntos religiosos, e incluso civiles.
La
situación cambió cuando el rey Recaredo se convirtió al catolicismo, deseando
la homogeneización religiosa de toda la península. Durante todo el siglo VII la
monarquía visigoda, en estrecha colaboración con la Iglesia católica, adoptó
una actitud beligerante contra las comunidades judías. Durante el reinado de
Sisebuto, las leyes antijudías se endurecieron significativamente, y se
produjeron numerosas conversiones forzosas, lo que motivó que gran número de
judíos abandonasen el reino, instalándose en el norte de África.
En
los años siguientes, la situación se va haciendo cada vez más difícil para los
judíos. Hacia los conversos. La presión sobre los judíos que se mantenían
fieles a su religión fue haciéndose cada vez más dura. El rey Égica, invocando
una supuesta conspiración, dictaminó en el XVII Concilio de Toledo, en 694, la
esclavitud de judíos y conversos, y persiguió a ambas minorías hasta
su muerte, en 702.
Los
musulmanes, siguiendo las enseñanzas del Corán, consideraban que los cristianos
y judíos, en tanto que "gentes del Libro", no debían ser convertidos
a la fuerza al Islam y eran merecedores de un trato especial, la dhimma. Los
dhimmi (en árabe ذمّي , "protegidos") tenían garantizadas la vida, la
propiedad de sus bienes y la libertad de culto, así como un alto grado de
autonomía jurídica, que les permitía, por ejemplo, acudir a sus propios
tribunales para dirimir los asuntos de sus comunidades. Como contrapartida,
estaban sujetos a impuestos extraordinarios, debían aceptar una situación
social inferior y someterse a discriminaciones diversas, teniendo negado el
acceso a la mayor parte de los cargos públicos: no podían, en concreto, acceder
a funciones militares ni políticas en que tuvieran jurisdicción sobre
musulmanes. El valor en tribunales musulmanes del testimonio de los dhimmis era
inferior, al igual que la indemnización en los casos de venganzas de sangre.
Las acusaciones de blasfemia contra los dhimmis eran habituales y el castigo
era la muerte. Como no podían testificar en un tribunal para defenderse, debían
convertirse para salvar la vida. El tabú matrimonial contra los dhimmís
varones, que eran castigados con la muerte si mantenían relaciones sexuales o
se casaban con una musulmana, además de las herencias, las discriminaciones en
el vestido, en el uso de animales o en ciertos oficios, son otros ejemplos de
esta discriminación institucionalizada en asuntos relevantes. Sin embargo, la
aplicación rigurosa de la dhimma varió en función de las épocas y no siempre se
cumplió con rigidez, como lo ilustra que varios judíos alcanzaran rangos
prominentes en los Estados andalusíes.
La
autonomía jurídica de que disfrutaron los judíos en
Al-Andalus se concretó en la organización de sus comunidades en aljamas. Las
aljamas eran las entidades autónomas en las que se agrupaban las comunidades
judías de las diferentes localidades. Tenían sus propios magistrados y se
regían por sus propias normas jurídicas, basadas en la Halajá. La institución de
la aljama se trasladaría después a la España cristiana y permanecería vigente
hasta el momento de la expulsión.
La
situación de los judíos en Al-Andalus no fue siempre igual. En general, se
distinguen dos períodos bien diferenciados: antes y después del comienzo de las
invasiones almorávides en torno a 1086.
La
primera etapa coincide con el emirato independiente (756-912), el califato de
Córdoba (912-1031) y los primeros reinos de taifas (1031-1086). Fue el período
de esplendor de la presencia judía en la España musulmana, especialmente a
partir de la época de Abderramán III. Numerosos judíos alcanzaron un alto grado
de relevancia económica y social, y la cultura hebrea, muy influida por la
árabe, tuvo una verdadera edad de oro.
Con
los almorávides y, sobre todo, con los almohades, la situación cambió
radicalmente. Estas dinastías, de origen africano, tenían una concepción del
Islam mucho más rigorista, por lo que se mostraron mucho menos tolerantes hacia
los judíos. A partir del siglo XII, la población judía inició un éxodo masivo:
los mayores contingentes se refugiaron en los reinos cristianos del norte,
cuyos monarcas estaban en plena actividad repobladora y precisaban del concurso
de los recién llegados.
En
el plano cultural, el papel del judío dentro de las cortes castellanas fue el
de transmisor de los conocimientos árabes. Gracias a él, en cortes como la de
Alfonso X, junto con colaboradores árabes, se pudo llevar a cabo la enorme obra
de recopilación, traducción y divulgación de todo el saber humano de la época.
Otro
de los campos en el que la presencia judía fue indispensable fue el de la
Medicina. En efecto, sería inusitado encontrar la mención de un médico de la
casa real que no fuera judío. Esto no impidió, sin embargo, que se redactaran
decretos prohibiendo a los cristianos valerse de médicos judíos, cuyo
incumplimiendo, empezando por el rey mismo, era notorio.
El
judío era además el encargado de recaudar tributos y el tesoro estatal. Su
posición cerca del rey y de los nobles, así como de los prelados, era clave, lo
cual explicaría el vacío posterior cuando ocurrió la expulsión. Esta posición
fue la más delicada y difícil de mantener, pues si bien el judío era
indispensable para la clase alta, era visto, en cambio, como explotador por la
clase baja y se atraía su odio, lo cual podía ser aprovechado fácilmente por el
clero para desatar persecuciones antisemitas. Los reyes defendieron la
importancia del judío dentro de la economía estatal, e incluso el propio
Fernando el Católico (por cuyas venas corría sangre judía), los apoyaba en
1481, diciendo que leyes que prohibieran algo a los judíos era como
prohibírselo a él.
Avanzado
el siglo XV, la persecución contra los judíos empezó a adquirir rasgos de
ferocidad, y los reyes se encontraban impotentes para detenerla, pues se
jugaban su popularidad. Además, la nobleza había emparentado, por motivos
económicos principalmente, con los judíos y su posición se había debilitado. En
el siglo XVI aparecen dos libros, el Libro Verde de Aragón y El tizón de la
nobleza de España, donde se demuestra que, prácticamente, toda la nobleza
española tenía algunas o muchas gotas de sangre judía.
Siglos
VIII y IX
Se
produce una fuerte inmigración judía procedente del norte de Africa. Ciudades
como Granada, Tarragona y Lucena reciben un flujo importante de población
judía.
Siglos
X, Época del Califato de Córdoba; y XI, Reinos de Taifas. Será la gran época de
los judíos españoles, alcanzan su mayor bienestar y nivel cultural.
Fines
del XIII
Comienzan
los problemas:
• En Aragón se les prohíbe ocupar cargos
públicos
• La peste negra
• Presión de la Iglesia
• Propaganda antijudía
• deterioro espiritual entre los judíos...
Durante
toda la Edad Media la población judía de España fue la más numerosa y de mayor
importancia económica y cultural de toda Europa.
Año
1391
Se
producen movimientos populares antijudíos propagados por el bajo clero. Se
asaltan las juderías de Sevilla, Córdoba, Toledo, Barcelona, Valencia, Gerona
etc. Se producen persecuciones y matanzas. A partir de este momento la
decadencia de las aljamas es notoria y muchos judíos tienen que emigrar o
convertirse.
Siglo
XV
La
sociedad cristiana comienza a dividirse en dos grupos: cristianos viejos y
conversos.
1478-81
Se
creó la Inquisición española 1492, 31 de Marzo. Los Reyes Católicos firman el
edicto de expulsión por el que se obliga a marcharse a todos aquellos judíos no
conversos.
Los
que se fueron y sus descendientes son los sefardíes, que a través de los siglos
han mantenido vivas la lengua y la cultura de Sefarad, denominación hebrea que
designa a España.
Hola Sra. Paloma Torrijos, tengo un blog, que tiene por titulo´´Los Olave de Vitoria´´, en la que tengo una informacion de el apellido ´´Duque de Estrada´´muy interesante, ademas de un Memorial.Un saludo Luis Enrique.
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