jueves, 18 de febrero de 2021

Cervantes

La que algunos consideran supuesta partida de nacimiento de Alcalá de Henares apareció a mediados del siglo XVIII, y es una partida de bautismo de “Juan Carbantas Cortinas”, a suyo margen se ha puesto, con mano distinta, “Miguel”.

Catalina de Cabrera y Ruy Díaz de Cervantes son bisabuelos paternos de Cervantes.

Sus abuelos paternos fueron el licenciado en leyes Juan de Cervantes y doña Leonor de Torreblanca, hija de Juan Luis de Torreblanca, un médico cordobés;

Su padre se llamaba Rodrigo de Cervantes (1509-1585). Cervantes nació en Alcalá de Henares porque su padre tenía entonces trabajo allí; fue cirujano, oficio más parecido al actual practicante que a nuestra idea de médico.

Rodrigo casó con Leonor de Cortinas, natural de Arganda del Rey.

Sus hermanos fueron Andrés (1543), Andrea (1544), Luisa (1546), que llegó a ser priora de un convento carmelita; Rodrigo (1550), también soldado, que le acompañó en el cautiverio argelino; Magdalena (1554) y Juan, sólo conocido porque su padre lo menciona en el testamento.

Luís Astrana Marín defiende la condición de cristiano viejo de Cervantes, pero no está esta condición nada clara.

Empezó a publicar en 1948 una monumental biografía de Miguel de Cervantes en siete volúmenes, Vida ejemplar y heroica de Miguel de Cervantes Saavedra, que terminó en 1958. Como cervantista es la apoteosis del método positivista y su documentación es prolija, abrumadora: un monumental esfuerzo de erudición que reúne 1410 documentos inéditos.

El bisabuelo de Cervantes, Ruy, o Rodrigo, Díaz de Cervantes, debió de nacer hacia 1435, fue trapero en Córdoba; su abuela paterna, Leonor Fernández de Torreblanca, casada con el licenciado Juan de Cervantes, el hijo de Rodrigo Díaz, era hija  de Juan Díaz de Torreblanca, médico y cirujano, y de Isabel Fernández, cuyo padre fue el rico mercader Diego Martínez. Fueron hermanos de  Leonor Torreblanca, Luis Martínez de Torreblanca, médico; Diego Martínez,  sillero; Inés Fernández, que casó con un boticario genovés.

El padre de Miguel, Rodrigo de Cervantes, era un humilde cirujano que cambió frecuentemente de residencia y que en alguna ocasión fue encarcelado por deudas

Todas las profesiones citadas entre los antepasados paternos de Cervantes fueron características de los judíos y de los cristianos nuevos tras las persecuciones del siglo XV, las conversiones  forzosas y la expulsión definitiva en 1492.

Tales oficios eran tachados de «infames», «viles» y «muy abatidos» como era el caso de trapero y prestamista.

Cuando el cristianismo se convirtió en la religión mayoritaria de Europa, los judíos fueron perseguidos regularmente. Hubo periodos de calma en que se los toleró, y periodos de persecución como durante las Cruzadas, en la Edad Media. En 1096, los judíos de Spira, Worms, Maguncia y Colonia, en Alemania, fueron masacrados a comienzos de la Cruzada. Otro ejemplo: El rey Felipe el Hermoso expulsó a los judíos de Francia en julio de 1336, sin olvidar confiscar sus bienes.

Tras 1096 se obligó a los judíos de Praga a concentrarse en un barrio amurallado, como consecuencia de la matanza de judíos a manos de los cruzados que se dirigían a la Primera Cruzada. La peste de 1348 incrementó los ataques antijudíos por toda Europa (Narbona, Carcasona, Saboya, Basilea) y con ellos las medidas de segregación

 En la Edad Media, los judíos vivían en barrios específicos,  "juderías" o aljamas o en calles especiales "calle de los judíos".

 El término aljama (del ŷāma'aʻ, «conjunto de personas») en castellano ha sido tradicionalmente usado para referirse al conjunto de judíos o moros de una localidad (especialmente ŷāma' al-yahud, «conjunto de los judíos»).

 

La aljama era, pues, la junta de judíos o de moros en España durante la Edad Media. También podía ser referida como morería, judería o incluso como la misma sinagoga judía. Aparece ya con este significado en un poema de Gonzalo de Berceo en fecha tan temprana como 1220.

 La aljama en la Corona de Castilla también tenía un valor económico y fiscal. Aljama era la comunidad judía que autogestionaba la recaudación de los diversos impuestos que la monarquía imponía sobre ellos (que eran considerados súbditos directos del rey). Así, una localidad con aljama se encargaba de la recaudación de los impuestos de su comunidad y de otras que le eran anexas, normalmente en localidades cercanas. Por tanto, la existencia en una localidad de una aljama viene a indicarnos que tenía una cierta entidad y cantidad de población, a la par que organización interna que le permitiese hacerse cargo de la recaudación y la organización fiscal de una serie de localidades.

 En su significado árabe, se llama ŷāmiʻ o aljama a la mezquita mayor de un lugar (una mezquita corriente es un masŷid). Aunque en árabe no se yuxtaponen ambos términos, en castellano sí se suele decir «mezquita aljama» para referirse, por ejemplo, a la de Córdoba o a las que existieron en otras ciudades de Al-Ándalus, a menudo en el lugar en el que hoy se alza la catedral o iglesia principal.

 Judería es la denominación tradicional del barrio judío o de la parte de una ciudad en la que se concentraban las viviendas de los judíos.1 En algunos casos estaba determinada por ley como lugar exclusivo de residencia de los miembros de esa comunidad. Por extensión, este término se aplica a cualquier zona habitada notoriamente por familias de cultura judía.

 No solo a vivir en barrios separados también el concilio de Letrán de  1214 estableció que los judíos debían llevar un signo distintivo para poder ser claramente identificados por los cristianos y así evitar las uniones entre ambos. Ello lleva que durante los siglos XIII, XIV y XV los matrimonios se realicen mayoritariamente dentro de las familias judías y conversas. En el siglo XVI poco a poco se realizan enlaces fuera del ámbito judío-converso. 

 Concilio III de Letrán (1179, Canon 26): Los judíos no pueden ser testigos ni demandantes en juicios contra cristianos. Prohibido a los judíos retener la herencia de descendientes que han abrazado el Cristianismo.

 Esta medida se impuso generalmente a finales del siglo XIII. En 1269, en Francia, el rey impuso a los judíos la obligación de llevar “una rueda de fieltro o de trapo de color amarillo, cosida en lo alto de la ropa, al nivel del pecho, y en la espalda, con el fin de constituir un signo de reconocimiento, y que tendrá una circunferencia de cuatro dedos y una superficie lo bastante grande para contener la palma de la mano”. En otros lugares eran obligados a llevar un determinado tipo de sombrero.

 …que los judíos de ambos sexos en todo territorio de cristianos en todo tiempo deben distinguirse en su vestido de los otros pueblos. Esto les es mandado a ellos en su ley, es a saber, que en los cuatro ángulos de sus mantos haya orlas por las que se distingan de los demás.”

 Los judíos deben portar el signo distintivo según el estatuto del Concilio General [IV de Letrán]…Los judíos no pueden lícitamente retener lo adquirido por usura, estando obligados a restituir a quienes hayan extorsionado…Los judíos por razón de sus culpas están en perpetua servidumbre, los señores pueden por lo tanto, tomarles sus cosas, dejándoles lo indispensable para la vida…”

 Concilio IV de Letrán (1215. Canon 68): Este importantísimo concilio contra cátaros y albigenses, donde se definen por primera vez de manera evidente dogmas como Extra Ecclesiam nulla salus, el dogma de la Transubstanciación o la existencia del Infierno, trata específicamente el tema de los judíos, cuerpo místico del Anticristo y testigos perennes del triunfo de Cristo sobre las tinieblas, estableciendo que estos “malditos de Díos” deberán  llevar una marca distintiva en sus ropa”.

Tanto los Cervantes como muchas otras familias con profesiones y orígenes similares procuraron desembarazarse de su pasado mediante una calculada estrategia de difuminación social. Intentaron mezclarse con los cristianos ranciosos y convertirse en hidalgos invirtiendo sus ganancias en censos y bienes raíces, o mediante el ejercicio de profesiones consideradas honrosas —ejército, administración, Iglesia,  servicio en las casas nobles—, a fin de lograr que la cristiandad vieja, la  nobleza, o ambas cosas, les fueran reconocidas

Así debe ocurre con el abuelo paterno de Cervantes, el licenciado Juan de Cervantes, quien, a lo largo de más de medio siglo de  actividad profesional, actuó como abogado del real fisco de la Inquisición y, además de ocupar otros empleos de carácter oficial, fue teniente de corregidor  en Alcalá, Córdoba y Cuenca, y desempeñó diversos cargos al servicio del  conde de Ureña y de los duques de Sessa y del Infantado

Su hijo Rodrigo, padre de Miguel, no pudo estudiar leyes para abrirse paso en el mundo de la administración y la justicia a causa de su sordera, y tuvo que conformarse con ejercer de cirujano. A pesar de ello, en 1552, durante su estancia en Valladolid, Rodrigo pleiteó para que se le reconociera su condición de hidalgo, con lo que evitaba ser encarcelado por deudas

Cervantes añade a su primer apellido un «Saavedra», que nunca  utilizaron sus mayores, o sustituirlo por los todavía más ilustres «Pimentel y Sotomayor», que a partir de cierta época usó habitualmente Magdalena de Cervantes, la hermana de Miguel, aunque si todo ello no venía acompañado de  riqueza y un estatus digno, era de muy poca utilidad, y la memoria de aquel origen oscuro, muy difícil de borrar.

Tanto las hermanas de Miguel, Andrea y Magdalena, como su sobrina Constanza, habían andado en tratos amorosos con distintos caballeros, que al final las abandonaron tras resarcirlas con indemnizaciones sustanciosas; e Isabel de Saavedra, la hija natural del escritor, no tardaría en seguir los mismos pasos.

No eran unas pobres muchachas sin recursos, víctimas de la vileza de señores poderosos que las repudiaron tras haberlas seducido. Eran las conocidas como damas servidas o cortesanas: señoras de cierta categoría que, a diferencia de las prostitutas de  la calle, contaban con un amante fijo que las mantenía, o recibían en su casa con alguna asiduidad a caballeros discretos y acaudalados

Tal vez ello explique por qué, a pesar de haber servido con lealtad a su rey como soldado y cautivo, Cervantes se vio postergado y desdeñado por la Corona, y tuvo que conformarse con un cargo de proveedor de la armada y otro de recaudador de contribuciones para ganarse la vida.

Los padres de Leonor Fernández de Torreblanca fueron Isabel Fernández, hija de Juana Fernández y del mercader Diego Martínez, y su esposo, el bachiller Juan Díaz de Torreblanca, médico y cirujano, hombre de pocos escrúpulos, según la documentación, e hijo de Rodrigo Díaz de Torreblanca, casado con María Alonso y esta casada luego en segundas nupcias con el médico maestre Juan Sánchez, quien no fue mencionado por Astrana Marín en la ascendencia de Miguel de Cervantes Saavedra.

Se observa que la familia Díaz de Torreblanca ejercía con mucha frecuencia la profesión médica. Acaso eran judíos conversos o es que eran sencillamente cristianos viejos bien acomodados económicamente que profesaban una de las profesiones más respetadas y prestigiosas del mundo.

Andrés de Ozaeta, en nombre de Rodrigo de Cervantes, pidió que el licenciado Duarte de Acuña, teniente de corregidor en Madrid, mandase hacer información de testigos, para establecer que Miguel de Cervantes Saavedra, su hijo y de Leonor, era hijo legítimo suyo y de dicha su esposa, y que ni él ni sus padres ni abuelos, ni los de su esposa, habían sido ni eran ellos mismos moros, judíos, conversos ni reconciliados por el Santo Oficio de la Inquisición ni por otra justicia de caso de infamia, antes habían sido y eran muy buenos cristianos viejos. Este día Rodrigo introdujo por testigo al alguacil de Madrid, Alonso Getino de Guzmán, de edad de 36 años, más o menos, quien juró que era verdad todo lo que había afirmado Rodrigo y que conocía a Rodrigo desde hace 8 años, hombre de buena vida, casado con Leonor de Cortinas, habido por buen hidalgo y limpio de toda raíz.

…que sus padres no habían sido de casta de moro ni judíos, ni tuvieron ninguna raza de ellos, y los tuvo por cristianos viejos, limpios desde sus abuelos.

Es muy difícil probar que Catalina de Cabrera, esposa de Ruy Díaz de Cervantes, éstos bisabuelos paternos de Cervantes, perteneciese a la clase noble, ni tampoco que los Díaz de Torreblanca proceden de ilustre linaje.

Diego García de Salazar, bisabuelo materno de la esposa de Miguel de Cervantes,

Saavedra recomendó a sus hijos que no se emparentasen con los Quijadas.

Tenía Cervantes un probable origen judío? ¿Era cristiano viejo o nuevo? ¿A qué casta pertenecía?

 

El mismo Cervantes por boca de Sancho manifestó  que: «cuando otra cosa no tuviera sino el creer, como siempre creo, firme y verdaderamente en Dios y en todo aquello que tiene y cree la Santa Iglesia Católica Romana, y el ser enemigo mortal, como lo soy, de los judíos, debían los historiadores tener misericordia de mí y tratarme bien en sus escritos».

 

 

 

 

 

 

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