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miércoles, 23 de febrero de 2011

Procesos Inquisitoriales.


      Procesos a difuntos cuando el acusado había fallecido durante el proceso que a veces duraban años o se había iniciado un proceso habiendo fallecido a raíz de denuncia de sus actividades cuando vivía.

      - Si el veredicto era de culpabilidad, se le condenaba al difunto a ser quemado en huesos es decir a ser quemados sus restos mortuorios. Se exhumaba el cadaver y se quemaban sus despojos en ceremonia de Auto de fe, se le excomulgaba y se Confiscaban sus Bienes. A los descendientes también les afectaba en cuanto a que junto a la pérdida del patrimonio heredado, se inhabilitaban a los hijos por línea materna e hijos y nietos por línea paterna.

      - Si la sentencia era absolutoria, se restituía al acusado su buena fama así como la conservación de sus bienes por sus hijos o herederos.

      En los Autos de fe había casos de relajados en estatua, quemados en efigie. Un muñeco antropomorfo en su representación y quema de cadáveres, quemados los huesos de los declarados culpables.

      Relajar era la entrega por el juez eclesiástico al juez secular de un reo digno de pena capital. La Iglesia entregaba a sus condenados a muerte a la justicia ordinaria para que ésta fuera quien ejecutara la pena de muerte.

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